1. La estructura orgánica, los órganos de gobierno, administración y cooperación y las funciones de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil se adecuarán a lo establecido al respecto en el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y en el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 927/1988, de 29 de julio.
Se crean la Comisaría de Aguas y la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, con nivel orgánico de Subdirección General.
El nivel orgánico de las restantes unidades administrativas previstas en el artículo 2 del Real Decreto 984/1989, de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica dependiente de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas, se determinará en la relación de puestos de trabajo.
2. **(Derogado)**
3. La composición, funcionamiento y atribuciones de comités de autoridades competentes de la parte española de las Demarcaciones del Miño-Sil y Cantábrico se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero.
> <small>Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1626/2011, de 14 de noviembre. [Ref. BOE-A-2011-19244](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-19244)</small>
Texto oficial de Real Decreto 266/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica la Confederación Hidrográfica del Norte y se divide en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil y en la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (BOE-A-2008-4728). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.