real decreto · BOE-A-2008-516
Real Decreto 1727/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 12/1/2008
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto establece medidas de protección de los cetáceos en las aguas españolas, para contribuir a garantizar su supervivencia y su estado de conservación favorable frente a actividades humanas que puedan molestarlos.
A quién afecta: Empresas de avistamiento de cetáceos, navegantes y operadores turísticos marítimos.
- Se aplica en las aguas interiores, el mar territorial, la zona contigua y la zona económica exclusiva española.
- Debe evitarse en el Espacio Móvil de Protección de Cetáceos cualquier conducta que pueda causar muerte, daño, molestia o inquietud a estos animales.
- Establece medidas complementarias de protección cuando se observen señales de alarma o alteración en el comportamiento de un cetáceo.
- Las labores de vigilancia, inspección y control corresponden a la Dirección General de Marina Mercante, la Armada y el Servicio Marítimo de la Guardia Civil.
¿En qué aguas se aplican estas medidas de protección de los cetáceos?
En las aguas interiores, el mar territorial, la zona contigua y la zona económica exclusiva sometidas a soberanía o jurisdicción española.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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