Disposición adicional primera. Excepción en los nombramientos de los Directores Generales.
Los titulares de las Direcciones Generales que actualmente están excluidos de la regla general de nombramiento prevista en el artículo 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, mantendrán vigentes las características y razones que justificaron la aplicación de dicha excepción.
> <small>Se declara la nulidad en lo que se refiere a la Dirección General de Coordinación y Administración de los Servicios Periféricos por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2010. [Ref. BOE-A-2011-1716](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-1716).</small>
> <small>Se modifica por el art. único.10 del Real Decreto 1162/2010, de 17 de septiembre. [Ref. BOE-A-2010-14308](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-14308)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2009-10759). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.