Mediante resolución del Director General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, se dará publicidad al reconocimiento oficial de las asociaciones para la gestión o llevanza de los Libros Genealógicos de ámbito estatal, así como a la aprobación de la reglamentación específica del libro genealógico, y del programa de mejora correspondiente a cada reconocimiento oficial dentro de su ámbito y, en su caso, a sus modificaciones y adaptaciones, aplicables para la respectiva raza y entidad, con vistas a su debido conocimiento por los criadores, propietarios y demás interesados.
Texto oficial de Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas (BOE-A-2009-1312). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 40. Publicidad. — Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas · BOE Fácil