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CAPÍTULO V. Laboratorios titulares de la autorización de comercialización

Artículo 40. Representante local del titular de la autorización de comercialización para el almacenamiento de medicamentos en España.

Texto oficial de Real Decreto de Laboratorios Farmacéuticos (BOE-A-2010-10827). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 40. Representante local del titular de la autorización de comercialización para el almacenamiento de medicamentos en España. — Real Decreto de Laboratorios Farmacéuticos · BOE Fácil