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real decreto · BOE-A-2010-14199

Real Decreto 1093/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud

Estado
Vigente
Publicación
16/9/2010
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Sanidad y Política Social

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto aprueba el conjunto mínimo de datos que deben contener los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud.

A quién afecta: Centros y dispositivos asistenciales del Sistema Nacional de Salud, y pacientes.

  • Establece el contenido mínimo de los documentos clínicos, en soporte electrónico o papel, en todos los centros del Sistema Nacional de Salud.
  • Las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria deben adoptar este conjunto mínimo de datos para garantizar la interoperabilidad.
  • Se aplica también a los documentos clínicos de mutualistas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU atendidos por entidades de seguro libre.
  • Los modelos de documentos clínicos existentes debían adecuarse a los nuevos contenidos mínimos en un plazo de 18 meses.
¿Qué finalidad tiene establecer un conjunto mínimo de datos en los informes clínicos del Sistema Nacional de Salud?

Garantizar la interoperabilidad de la información clínica entre las comunidades autónomas y los distintos centros asistenciales.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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