TÍTULO VI. Personal de conducción · CAPÍTULO III. Certificados
Artículo 43. Supervisión de los maquinistas por las entidades ferroviarias.
Texto oficial de Títulos Habilitantes del Personal Ferroviario de Seguridad en la Circulación (BOE-A-2010-17236). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
