orden · BOE-A-2010-17236
Orden FOM/2872/2010, de 5 de noviembre, por la que se determinan las condiciones para la obtención de los títulos habilitantes que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y de los de reconocimiento médico de dicho personal
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/11/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Fomento
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden determina las condiciones para la obtención de los títulos habilitantes que permiten al personal ferroviario ejercer funciones relacionadas con la seguridad en la circulación, así como el régimen de los centros homologados de formación y reconocimiento médico.
A quién afecta: Personal ferroviario de circulación, infraestructura, operaciones del tren y conducción, y centros homologados de formación y reconocimiento médico.
- Establece las condiciones, requisitos y procedimiento para obtener la licencia, certificados de conducción y habilitaciones necesarias para funciones de seguridad en la circulación ferroviaria.
- Distingue distintos grupos de actividad del personal ferroviario: circulación, infraestructura, operaciones del tren, conducción y control del mantenimiento de material rodante.
- Exige que la formación teórica y práctica del personal ferroviario se imparta en centros homologados por la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias.
- Requiere que el personal disponga de un certificado de aptitud psicofísica, obtenido mediante reconocimiento médico en centros homologados, para mantener su licencia y habilitaciones.
¿Qué regula esta orden?
Las condiciones para obtener los títulos habilitantes que permiten al personal ferroviario ejercer funciones relacionadas con la seguridad en la circulación, y el régimen de los centros homologados de formación y reconocimiento médico.
¿Qué grupos de personal ferroviario contempla la orden?
Personal de circulación, de infraestructura, de operaciones del tren, de conducción y responsable del control del mantenimiento de material rodante.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario (3 menciones)
- Cita a: Reglamento del Sector Ferroviario (7 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Circulación (1 menciones)
- Cita a: Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material (1 menciones)
- Cita a: Código de Comercio (1 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (3 menciones)
- Cita a: Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (1 menciones)
- Cita a: Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Derogada por: Certificación de Entidades de Mantenimiento Ferroviario (7 notas)
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