BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

real decreto · BOE-A-2010-562

Real Decreto 1827/2009, de 27 de noviembre, por el que se otorga el carácter de museo nacional al Museo Romántico, se modifica su denominación por la de Museo Nacional del Romanticismo y se regulan sus fines y organización

Estado
Vigente
Publicación
14/1/2010
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Cultura

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto otorga el carácter de museo nacional al Museo Romántico, que pasa a denominarse Museo Nacional del Romanticismo, y regula sus fines y organización.

A quién afecta: Ministerio de Cultura y visitantes e investigadores del patrimonio romántico.

  • El Museo Romántico pasa a denominarse Museo Nacional del Romanticismo, con categoría nacional, adscrito al Ministerio de Cultura, con sede en el Palacio del Marqués de Matallana en Madrid.
  • Sus fines incluyen transmitir el conocimiento del Romanticismo como movimiento artístico y cultural, y conservar y documentar el patrimonio referente a esta época.
  • Sus funciones abarcan la protección, documentación, investigación y exhibición de sus colecciones, así como la adquisición de nuevos bienes culturales.
  • Su colección estable está formada por los bienes culturales asignados actualmente al Museo Romántico, así como por los que se incorporen en el futuro.
¿Dónde tiene su sede el Museo Nacional del Romanticismo?

En el Palacio del Marqués de Matallana, en Madrid.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Museo Nacional del Romanticismo · BOE Fácil