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real decreto · BOE-A-2010-6368

Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad

Estado
Vigente
Publicación
22/4/2010
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Vivienda

Este real decreto establece los requisitos básicos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos, previstos en la Ley de Ordenación de la Edificación, para ejercer su actividad en toda España.

A quién afecta: Entidades de control de calidad de la edificación y laboratorios de ensayos del sector de la construcción.

  • Las entidades y laboratorios deben presentar una declaración responsable ante el órgano competente antes de iniciar su actividad.
  • Esta declaración les permite ejercer su actividad con carácter indefinido en todo el territorio español, en los campos declarados.
  • El órgano competente puede inspeccionar sus instalaciones y verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos exigibles.
  • El incumplimiento de los requisitos exigibles conlleva las responsabilidades penales, civiles o administrativas que correspondan.
¿Qué deben hacer las entidades de control de calidad de la edificación antes de empezar a operar?

Presentar una declaración responsable ante el órgano competente designado por la comunidad autónoma, que les permite operar en todo el territorio español en los campos declarados.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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