CAPÍTULO III. Base de datos central de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de octubre de 2010.
Dado en Madrid, el 28 de mayo de 2010.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Trabajo e Inmigración,**
**CELESTINO CORBACHO CHAVES**
Texto oficial de Real Decreto de Registro de Convenios Colectivos (BOE-A-2010-9274). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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