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orden · BOE-A-2011-18065

Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas

Estado
Vigente
Publicación
18/11/2011
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas, la aplicación de peajes y cánones, la retribución de las actividades reguladas del sector del gas y actualiza la cuantía de las existencias mínimas de seguridad de gas natural de carácter estratégico, elevándola de 10 a 20 días de ventas firmes.

A quién afecta: Los transportistas, distribuidores y comercializadores de gas natural, los titulares de instalaciones de transporte, regasificación y almacenamiento subterráneo, y los sujetos obligados a mantener existencias estratégicas de gas.

  • Establece un incentivo económico para reducir las mermas de gas en la red de transporte, similar al ya aplicado en las plantas de regasificación, sin coste adicional para el sistema.
  • Eleva de 10 a 20 días de ventas firmes la obligación de mantener existencias mínimas de seguridad de gas natural de carácter estratégico, tras la desaparición de las existencias operativas obligatorias.
  • Modifica el modelo de retribución de los costes de operación y mantenimiento de los almacenamientos subterráneos, sustituyendo los términos fijo y variable por costes directos e indirectos.
  • Establece un sistema de balance diario de existencias de los usuarios del sistema gasista, con un procedimiento incentivador para el cumplimiento de los plazos de transmisión de información.
  • Ha sido modificada en más de cinco ocasiones desde 2011, la más reciente relacionada con 2022, confirmando su vigencia continuada en la regulación del sector gasista.
¿Cuántos días de existencias mínimas de seguridad de gas natural exige esta orden?

20 días de las ventas firmes del año natural anterior, frente a los 10 días exigidos anteriormente, tras la desaparición de las existencias operativas obligatorias a partir de 2012.

¿Qué incentivo introduce esta orden para la red de transporte de gas?

Un incentivo económico para reducir las mermas de gas circulado, similar al ya aplicado en las plantas de regasificación, sin coste para el sistema porque el exceso de gas se destina a cubrir las necesidades de gas talón de las instalaciones.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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