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real decreto · BOE-A-2013-2209

Real Decreto 114/2013, de 15 de febrero, por el que se crea y regula el registro nacional de infracciones graves a la política pesquera común, se establecen las normas de aplicación del sistema de puntos y se actualizan los importes de las sanciones previstas en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado

Estado
Vigente
Publicación
28/2/2013
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto crea el Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común y regula el sistema de puntos aplicable.

A quién afecta: Titulares de licencias de pesca, capitanes y patrones de buques pesqueros.

  • El registro, adscrito a la Secretaría General de Pesca, anota las infracciones graves cometidas en aguas exteriores e interiores.
  • Las infracciones se inscriben en el plazo máximo de un mes desde la resolución sancionadora definitiva.
  • Los datos registrales se cancelan de oficio a los tres años, salvo que se registre otra infracción del mismo sujeto con la misma licencia y buque.
  • El sistema de puntos asigna puntos tanto al titular de la licencia de pesca como al capitán o patrón responsable de la infracción.
¿Cuándo se cancelan de oficio los datos de una infracción en el Registro Nacional de Infracciones Graves a la Política Pesquera Común?

A los tres años desde el 1 de enero siguiente a la sanción firme, salvo que se registre otra infracción del mismo sujeto.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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