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real decreto · BOE-A-2013-8048

Real Decreto 505/2013, de 28 de junio, por el que se regula el uso del logotipo "raza autóctona" en los productos de origen animal

Estado
Vigente
Publicación
24/7/2013
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula el uso voluntario del logotipo «raza autóctona» en el etiquetado de productos de origen animal para garantizar su origen racial.

A quién afecta: Asociaciones de criadores de razas autóctonas y productores de productos de origen animal.

  • El logotipo garantiza a los consumidores información fiable sobre el origen racial de los productos de origen animal, fomentando la competencia leal.
  • El Ministerio de Agricultura cede su uso a las asociaciones de criadores de razas autóctonas oficialmente reconocidas que lo soliciten.
  • Puede utilizarse simultáneamente con otras figuras de calidad como Denominación de Origen Protegida o ganadería ecológica, siempre que los animales estén inscritos en el Libro Genealógico de su raza.
  • Las asociaciones de criadores deben presentar un pliego de condiciones y mantener un registro actualizado de operadores autorizados.
¿Quién cede el uso del logotipo «raza autóctona»?

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a las asociaciones de criadores de razas autóctonas oficialmente reconocidas.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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