TÍTULO V. Medidas en el ámbito del sector de hidrocarburos
Disposición transitoria primera. Aplicación temporal de las medidas.
**(Derogada).**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única 2.b) del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17992#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17992)</small>
> <small>Téngase en cuenta, para los contratos celebrados con anterioridad, la disposición transitoria 6 del citado Real Decreto-ley.</small>
Texto oficial de Ley de Apoyo al Emprendedor (BOE-A-2013-8187). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición transitoria primera. Aplicación temporal de las medidas. — Ley de Apoyo al Emprendedor · BOE Fácil