TÍTULO I. Faltas y sanciones · CAPÍTULO II. Sanciones
Artículo 12. Reprensión.
La reprensión es la reprobación disciplinaria expresa que, por escrito, dirige el superior con competencia disciplinaria para imponerla a un subordinado para su anotación en la hoja de servicios.
No constituye sanción disciplinaria la advertencia o amonestación verbal que, para el mejor cumplimiento de las obligaciones, puede hacerse en el ejercicio del mando.
Texto oficial de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (BOE-A-2014-12652). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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