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real decreto · BOE-A-2014-8275

Real Decreto 624/2014, de 18 de julio, por el que se desarrolla el derecho de remuneración a los autores por los préstamos de sus obras realizados en determinados establecimientos accesibles al público

Estado
Vigente
Publicación
1/8/2014
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto desarrolla el derecho de los autores a percibir una remuneración por el préstamo de sus obras en bibliotecas, museos, archivos y otros establecimientos accesibles al público.

A quién afecta: Autores de obras protegidas por derechos de propiedad intelectual, y titulares de bibliotecas, museos y archivos públicos.

  • El derecho de remuneración se genera por el préstamo de obras no incluidas en dominio público realizado en museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad pública o de entidades culturales sin ánimo de lucro.
  • Quedan eximidos de la obligación de remuneración los establecimientos públicos que presten servicio en municipios de menos de 5.000 habitantes.
  • Los titulares de los establecimientos deben pagar una cuantía global a través de las entidades de gestión de derechos de autor, calculada anualmente según el número de obras y de usuarios del servicio de préstamo.
  • La remuneración individual a los autores se distribuye conforme a un criterio objetivo, proporcional y de público conocimiento.
¿Qué establecimientos públicos quedan eximidos de pagar la remuneración por préstamo de obras?

Los de titularidad pública que presten servicio en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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