real decreto · BOE-A-2015-13436
Real Decreto 1087/2015, de 4 de diciembre, sobre procedimiento, condiciones y alcance del reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia para el personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado derivado de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 11/12/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el reconocimiento de las prestaciones de incapacidad permanente y muerte y supervivencia del personal de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado integrado en el Régimen General de la Seguridad Social.
A quién afecta: Personal militar y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que haya accedido a su condición a partir del 1 de enero de 2011.
- Se aplica al personal militar de carrera, de complemento, de tropa y marinería, alumnos de centros docentes militares y reservistas, así como a la Guardia Civil y la Policía Nacional en su ámbito respectivo.
- El personal de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil queda excluido de la protección del Régimen General correspondiente a la incapacidad permanente parcial y a las lesiones permanentes no invalidantes.
- La evaluación de las condiciones psicofísicas corresponde al Ministerio de Defensa para militares y Guardia Civil, y al Ministerio del Interior para la Policía Nacional.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social evalúa y califica la incapacidad permanente total o absoluta, siendo vinculante para él la resolución del ministerio competente sobre la pérdida de condiciones psicofísicas.
¿Quién declara la incapacidad permanente total o absoluta de un militar?
El Instituto Nacional de la Seguridad Social, de forma vinculada a la resolución previa del Ministerio de Defensa o del Interior sobre la pérdida de condiciones psicofísicas.
¿Está cubierto todo el personal militar por este real decreto?
Solo quienes accedieron a su condición a partir del 1 de enero de 2011, integrados en el Régimen General de la Seguridad Social.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (10 menciones)
- Cita a: Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (1 menciones)
- Cita a: Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (1 menciones)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
