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orden · BOE-A-2015-4392

Orden ECD/711/2015, de 15 de abril, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de la Educación Primaria, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Estado
Vigente
Publicación
23/4/2015
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden ECD/711/2015 establece los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de la Educación Primaria (expediente académico, actas de evaluación, historial académico e informe personal por traslado) para los centros del ámbito de gestión del Ministerio de Educación. Sus artículos 9 y 10 y los anexos V y VI, sobre el consejo orientador y los documentos de final de etapa, están derogados desde 2022; el resto de la norma sigue en vigor.

A quién afecta: Centros docentes de Educación Primaria del ámbito de gestión del Ministerio de Educación (incluidos los del exterior), su alumnado y familias, y la Inspección educativa.

  • Los documentos oficiales de evaluación son el expediente académico, las actas de evaluación, el historial académico, el informe personal por traslado y, cuando corresponde, los documentos de final de etapa (artículo 3.1).
  • Las calificaciones se expresan en los términos Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable o Sobresaliente, junto con una nota numérica del uno al diez sin decimales (artículo 3.5).
  • El expediente académico se abre al incorporarse el alumno o alumna al centro y su custodia corresponde al centro donde curse los estudios, bajo la responsabilidad del secretario o secretaria y supervisión de la Inspección educativa (artículo 4).
  • Cuando el alumnado cambia de centro, el de origen remite al de destino el historial académico y, si el traslado es antes de finalizar el curso, también un informe personal por traslado (artículos 7 y 8).
  • Los artículos 9 y 10, sobre el consejo orientador del tercer curso y los documentos finales de etapa, y los anexos V y VI, están derogados desde 2022 por la Orden EFP/279/2022; el resto de la norma, incluidos el expediente académico, las actas y el historial académico, sigue vigente (disposiciones derogatorias señaladas en el propio texto consolidado).
¿Qué partes de esta orden están derogadas?

Los artículos 9 y 10 (consejo orientador del tercer curso y documentos de final de etapa) y los anexos V y VI, derogados en 2022. El resto, incluidos el expediente académico y las actas de evaluación, sigue en vigor.

¿Qué ocurre con el historial académico cuando un alumno cambia de centro?

El centro de origen lo remite al centro de destino a petición de este; si el traslado ocurre antes de acabar el curso, se envía además un informe personal por traslado (artículo 8).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

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Orden ECD/711/2015, de 15 de abril, por la que se establecen los elementos y características de los documentos oficiales de evaluación de la Educación Primaria, para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte · BOE Fácil