real decreto · BOE-A-2015-4520
Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 25/4/2015
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula las declaraciones obligatorias de los primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra.
A quién afecta: Primeros compradores y productores de leche cruda de vaca, oveja y cabra.
- Crea el Sistema unificado de información del sector lácteo (INFOLAC), con el registro de primeros compradores y de contratos.
- Todos los primeros compradores de leche deben inscribirse en el registro antes de iniciar su actividad.
- Los primeros compradores deben declarar mensualmente, en los primeros veinte días del mes, las cantidades de leche cruda recibidas.
- El Ministerio coordina con las comunidades autónomas un plan de control sobre productores y primeros compradores.
¿En qué plazo del mes deben los primeros compradores declarar las cantidades de leche cruda recibidas?
En los primeros veinte días de cada mes.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
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- Modificada por: Real Decreto 24/2021, de 19 de enero, por el que se modifican el Real Decreto 319/2015, de 24 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por primeros compradores y productores de leche y productos lácteos de vaca, oveja y cabra, y el Real Decreto 153/2016, de 15 de abril, sobre declaraciones obligatorias a efectuar por los fabricantes de leche líquida envasada de vaca (6 notas)
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