CAPÍTULO II. Medidas que pueden adoptar las organizaciones profesionales · Sección 3.*ª Estabilización de mercados*
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
Texto oficial de Organizaciones Profesionales del Sector de la Pesca y la Acuicultura (BOE-A-2016-6569). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
