real decreto · BOE-A-2017-1935
Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 25/2/2017
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Este real decreto establece los requisitos técnicos y las normas de actuación de los centros técnicos autorizados para realizar intervenciones sobre los tacógrafos de los vehículos.
A quién afecta: Talleres, fabricantes y estaciones ITV que actúan como centros técnicos de tacógrafos.
- Los centros técnicos de tacógrafos son las entidades autorizadas para ejecutar intervenciones técnicas sobre los tacógrafos, conforme al Reglamento (UE) 165/2014.
- Los socios o el personal de un centro técnico no pueden tener participación en actividades de transporte por carretera, para evitar conflictos de interés.
- Pueden ser autorizados como centros técnicos los fabricantes de vehículos y de tacógrafos, los talleres de reparación mecánica o eléctrica, y las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
- Determinadas entidades deben estar inscritas en el Registro Integrado Industrial o en el Registro de fabricantes y firmas autorizadas, según su actividad.
¿Puede un centro técnico de tacógrafos tener participación en una empresa de transporte por carretera?
No, los socios o el personal del centro técnico no pueden tener participación directa o indirecta en actividades de transporte por carretera, para evitar conflictos de interés.
Normas relacionadas
- Cita a: Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales (3 menciones)
- Cita a: Orden IET/1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos analógicos (3 menciones)
- Cita a: Constitución Española (3 menciones)
- Cita a: Código de Comercio (1 menciones)
- Cita a: Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (1 menciones)
- Modifica a: Implantación del Tacógrafo Digital (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
25 de febrero de 2017
Real Decreto 125/2017, de 24 de febrero, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos — versión original 2017
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