real decreto · BOE-A-2017-2461
Real Decreto 129/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 8/3/2017
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Este real decreto aprueba el Reglamento de control de precursores de drogas, que regula la puesta en el mercado y el comercio de sustancias químicas susceptibles de ser desviadas a la fabricación ilícita de drogas.
A quién afecta: Operadores y usuarios de sustancias químicas catalogadas como precursores de drogas.
- Regula el control y supervisión de la puesta en el mercado y el comercio con terceros países de sustancias químicas catalogadas como precursores de drogas.
- Las competencias del Ministerio del Interior corresponden al Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado, y las de Hacienda al Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales.
- Los operadores y usuarios de sustancias de la categoría 1 deben disponer de licencia de actividad antes de iniciarla.
- Los operadores de sustancias de la categoría 2 deben estar inscritos en el Registro de Operadores de Sustancias Químicas Catalogadas antes de iniciar su actividad.
¿Qué necesitan los operadores de sustancias químicas de categoría 1 antes de iniciar su actividad?
Disponer de la correspondiente licencia de actividad.
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