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real decreto · BOE-A-2018-985

Real Decreto 7/2018, de 12 de enero, por el que se establecen los requisitos de documentación, tenencia y marcado en materia de comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, de acuerdo con lo establecido por la reglamentación de la Unión Europea en aplicación de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre

Estado
Vigente
Publicación
26/1/2018
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad

Este real decreto regula los requisitos de documentación, tenencia y marcado para el comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.

A quién afecta: Poseedores y comerciantes de especímenes de especies incluidas en los anexos del Reglamento CITES europeo.

  • Regula cómo acreditar el origen legal de especímenes de especies amenazadas incluidas en los anexos A, B y C del Reglamento (CE) 338/97.
  • El marcado es obligatorio para vertebrados vivos y muertos de especies del anexo A, y para determinadas manufacturas elaboradas con sus partes.
  • Cuando no sea posible un marcado físico permanente, se admite la identificación mediante fotografías firmadas y selladas.
  • La Autoridad Administrativa notifica a la Comisión Europea y a la Secretaría CITES la aprobación de esta normativa.
¿Qué método alternativo de identificación se admite cuando no es posible un marcado físico permanente de un espécimen?

La identificación mediante fotografías que permitan la identificación inequívoca del espécimen.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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