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orden · BOE-A-2019-18747

Orden HAC/1271/2019, de 9 de diciembre, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, sobre marcas fiscales previstas para bebidas derivadas

Estado
Vigente
Publicación
31/12/2019
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Hacienda

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden HAC/1271/2019 aprueba los nuevos modelos de marca fiscal para bebidas derivadas, que incorporan por primera vez un código electrónico de seguridad, y regula el procedimiento telemático de solicitud mediante el modelo 517 ante la Agencia Tributaria.

A quién afecta: Fabricantes y titulares de depósitos fiscales de bebidas derivadas, destiladores artesanales, y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

  • Las marcas fiscales deben adherirse en un lugar visible de todos los envases o recipientes de bebidas derivadas, de forma que no puedan reutilizarse y permitiendo la lectura de su código de seguridad electrónico (artículo 1.2).
  • El código electrónico de seguridad permite verificar de inmediato la autenticidad de la marca y enlazarla telemáticamente con los datos del establecimiento y su NIF, comprobación que pueden hacer tanto los órganos de control como los propios consumidores (preámbulo).
  • La solicitud (modelo 517) debe presentarse por vía telemática en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, y también sirve para las solicitudes de precintas de los destiladores artesanales (artículo 2.1 y 2.2).
  • Si el establecimiento solicitó más de 500.000 precintas el año anterior, la entrega física la realiza directamente la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre; en caso contrario, se entregan en la oficina gestora competente (artículo 3.3).
  • Cualquier incidencia detectada en la cantidad, numeración o tipo de las marcas fiscales recibidas debe comunicarse a la oficina gestora o al Servicio de Intervención en el momento en que se conozca (artículo 3.3.a).
¿Qué novedad incorporan las nuevas marcas fiscales para bebidas derivadas?

Un código electrónico de seguridad que permite verificar su autenticidad y enlazarlas telemáticamente con los datos del establecimiento y su titular (preámbulo).

¿Cómo se solicitan las marcas fiscales para bebidas derivadas?

Por vía telemática mediante el modelo 517 en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (artículo 2.1 y 2.2).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Marcas Fiscales para Bebidas Derivadas · BOE Fácil