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real decreto · BOE-A-2020-6233

Real Decreto 568/2020, de 16 de junio, por el que se designa a la autoridad notificante, y se determinan otras obligaciones, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1069/2009 y (CE) n.º 1107/2009 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003

Estado
Vigente
Publicación
17/6/2020
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Este real decreto designa a la autoridad notificante y determina otras obligaciones en cumplimiento del Reglamento europeo sobre productos fertilizantes UE.

A quién afecta: Organismos de evaluación de la conformidad de productos fertilizantes y fabricantes del sector.

  • Designa al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, como autoridad notificante de los organismos de evaluación de la conformidad.
  • La evaluación y supervisión de estos organismos corresponde a la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), conforme al Real Decreto 1715/2010.
  • Los organismos notificados deben cumplir la norma UNE-EN ISO/IEC 17065:2012 sobre certificación de productos, procesos y servicios.
  • El Ministerio designa cada dos años un organismo notificado que represente al colectivo nacional ante el grupo de trabajo constituido por la Comisión Europea.
¿Qué entidad realiza la evaluación y supervisión de los organismos de evaluación de la conformidad de productos fertilizantes?

La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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