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real decreto · BOE-A-2020-6622

Real Decreto 586/2020, de 23 de junio, relativo a la información obligatoria en caso de emergencia nuclear o radiológica

Estado
Vigente
Publicación
24/6/2020
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

Este real decreto reguló la información obligatoria a la población en caso de emergencia nuclear o radiológica, tanto en fase preventiva como durante la emergencia.

A quién afecta: Población residente en el entorno de instalaciones nucleares y radiológicas, y las autoridades de protección civil.

  • Establece las normas de información sobre medidas de prevención y protección a la población que pueda resultar afectada por una emergencia nuclear o radiológica.
  • Se aplica en todo el territorio nacional, tanto en fase preventiva como ante una emergencia nuclear o radiológica real.
  • Los directores de los planes de nivel de respuesta exterior están obligados a facilitar la información previa a la población afectada.
  • La información previa debe ser accesible a la población de manera permanente, incluidas las páginas web de los órganos obligados.
¿Quién está obligado a facilitar la información previa a la población en caso de emergencia nuclear según esta norma?

Los directores de los planes de nivel de respuesta exterior que corresponda, según los criterios de la norma.

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Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Real Decreto de Información en Caso de Emergencia Nuclear o Radiológica · BOE Fácil