real decreto · BOE-A-2020-6925
Real Decreto 613/2020, de 30 de junio, por el que se establecen las distinciones de funcionaria o funcionario honorario y miembro honorario de la Policía Nacional
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 1/7/2020
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio del Interior
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula el régimen jurídico de las distinciones de funcionaria o funcionario honorario de la Policía Nacional y miembro honorario de la Policía Nacional.
A quién afecta: Funcionarios jubilados de la Policía Nacional y personas ajenas al Cuerpo distinguidas por su labor a favor de la institución.
- La distinción de funcionario honorario puede otorgarla el Director General de la Policía a quienes, tras pertenecer a la Policía Nacional, se hayan distinguido por una labor meritoria y acrediten al menos treinta y cinco años de servicios efectivos.
- La distinción de miembro honorario puede otorgarla el Ministro del Interior a personas ajenas al Cuerpo que se hayan distinguido en beneficio de la Policía Nacional, incluyendo haber recibido la Orden al Mérito Policial.
- Ambas distinciones conllevan la entrega de un título acreditativo y distintivos de identificación, pero no facultan para el ejercicio de la función policial ni suponen beneficio económico.
- La distinción puede perderse por conducta contraria al Código Ético de la Policía Nacional, mediante expediente incoado de oficio.
¿Faculta la distinción de honorario para ejercer funciones policiales?
No, la distinción no faculta para el ejercicio de la función policial ni supone beneficio económico.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
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- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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