Este real decreto tiene por objeto designar a la autoridad administrativa y órgano de gestión principal, y a la autoridad científica, establecidas en el artículo IX del Convenio sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (en adelante CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, y el artículo 13 del Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Texto oficial de Aplicación del Convenio CITES (BOE-A-2021-20371). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.