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orden · BOE-A-2021-20475

Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación

Estado
Vigente
Publicación
11/12/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Hacienda y Función Pública

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE), el órgano colegiado integrado en la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) encargado de analizar la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión de obras y de servicios, e informar los acuerdos de restablecimiento del equilibrio económico de estos contratos. Desarrolla el artículo 333 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, cobrando especial relevancia en el contexto de la colaboración público-privada asociada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A quién afecta: Administraciones Públicas que promuevan contratos de concesión de obras o de servicios, empresas concesionarias, y las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales que se hayan adherido voluntariamente a la ONE conforme al artículo 333.3 de la Ley 9/2017.

  • La ONE está formada por un Pleno (órgano de decisión), apoyado por la División con competencia en evaluación de contratos de concesión de la OIReScon y por una Unidad Técnica de Evaluación de Proyectos que elabora las propuestas de informe.
  • El Pleno lo preside la persona titular de la Presidencia de la OIReScon, e incluye representantes de la Intervención General de la Administración del Estado, la Secretaría General de Fondos Europeos y la Dirección General del Patrimonio del Estado, además de un vocal empresarial y un vocal académico con voz pero sin voto.
  • Ni los miembros de la ONE ni su personal pueden solicitar ni aceptar instrucciones de ninguna entidad pública o privada en el ejercicio de sus funciones, como garantía de independencia.
  • Entre las competencias del Pleno están aprobar los informes preceptivos de la ONE (incluido el informe sobre modificaciones del instrumento de deuda para calcular la rentabilidad razonable de una concesión), y proponer la ampliación del ámbito de contratos sujetos a informe preceptivo.
  • Los miembros del Pleno no perciben retribución por su participación, aunque tienen derecho al reembolso de gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención conforme al régimen general de indemnizaciones por razón del servicio.
¿Qué función cumple la Oficina Nacional de Evaluación en un contrato de concesión?

Analiza la sostenibilidad financiera de los contratos de concesión de obras y de servicios e informa los acuerdos de restablecimiento del equilibrio económico que deban adoptarse en ellos, actuando como órgano técnico independiente dentro de la OIReScon.

¿Pueden las Comunidades Autónomas o los Ayuntamientos utilizar los informes de la ONE?

Sí, si se han adherido voluntariamente a la ONE conforme al artículo 333.3 de la Ley 9/2017; en ese caso, un representante de la Comunidad Autónoma o de la Corporación Local participa con voz y voto en las reuniones donde se traten sus informes.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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