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orden · BOE-A-2022-20714

Orden ETD/1217/2022, de 29 de noviembre, por la que se regulan las declaraciones de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo

Estado
Vigente
Publicación
8/12/2022
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden reguló las declaraciones de movimientos de medios de pago en efectivo, en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

A quién afecta: Personas físicas que entren o salgan de España con medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros.

  • Determina los modelos, criterios y forma de declaración de los movimientos de medios de pago del artículo 34 de la Ley 10/2010.
  • Deben declararse los movimientos de entrada o salida de territorio nacional de medios de pago hacia o desde Estados fuera de la Unión Europea.
  • El modelo de declaración puede cumplimentarse en papel o por medios electrónicos, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Debe declararse la salida o entrada de medios de pago por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
¿A partir de qué importe es obligatorio declarar el movimiento de medios de pago según esta norma?

A partir de 10.000 euros, o su contravalor en moneda extranjera, por persona y movimiento.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Orden de Declaración de Movimientos de Medios de Pago · BOE Fácil