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orden · BOE-A-2022-3409

Orden HFP/147/2022, de 2 de marzo, sobre documentación y tramitación de expedientes de modificaciones presupuestarias y de autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros

Estado
Vigente
Publicación
4/3/2022
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Hacienda y Función Pública

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden regula la documentación y la tramitación de los expedientes de modificaciones presupuestarias y de las autorizaciones para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en el sector público estatal, reforzando el análisis de sostenibilidad financiera exigido por la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria. Introduce además especialidades para las modificaciones que afectan a créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

A quién afecta: Las direcciones generales, organismos y unidades del sector público estatal con presupuesto limitativo que gestionan créditos presupuestarios, la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y las oficinas presupuestarias e intervenciones delegadas que informan los expedientes.

  • Los expedientes de modificación de crédito deben iniciarse con una memoria que justifique la clase de modificación, el estudio económico de la insuficiencia presupuestaria y el análisis de su impacto en la sostenibilidad financiera de ejercicios futuros.
  • Las modificaciones que afecten a créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia deben incluir en la memoria la identificación de los componentes, medidas, hitos y objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia afectados, y contar con informe preceptivo de la Dirección General del Plan.
  • Se regulan como tipos de modificación de crédito las transferencias, generaciones, ampliaciones, créditos extraordinarios y suplementos de crédito, y las incorporaciones de crédito, conforme a la Ley General Presupuestaria.
  • Los expedientes que tramiten organismos públicos deben incorporar información sobre la previsible evolución de su remanente de tesorería, para evitar que el mayor crédito aprobado genere remanentes de tesorería negativos.
  • Se exige que las insuficiencias presupuestarias se refieran a necesidades de gasto concretas y determinadas, de forma que su contabilización posterior permita asociar cada expediente de gasto a la modificación aprobada.
¿Qué debe justificar la memoria de un expediente de modificación presupuestaria?

La clase de modificación propuesta, las normas que la amparan, el estudio económico de la insuficiencia de crédito y un análisis de su impacto en la sostenibilidad financiera de los presupuestos de ejercicios futuros.

¿Qué especialidad se aplica a los créditos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia?

Las modificaciones que afecten a estos créditos requieren un informe preceptivo de la Dirección General del Plan y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y deben declarar que no afectan al cumplimiento de los hitos y objetivos comprometidos.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Documentación y Tramitación de Modificaciones Presupuestarias · BOE Fácil