CAPÍTULO II. Entidades encargadas del mantenimiento de material rodante. Organismos de certificación y régimen de supervisión de las actividades de mantenimiento
Disposición transitoria segunda. Fecha límite para la emisión de homologaciones y habilitaciones conforme a la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se determina el régimen de homologación de los centros de material rodante y sus condiciones de funcionamiento.
Se establece el 16 de junio de 2022 como la fecha límite para la emisión de nuevas homologaciones de centros de mantenimiento de material rodante ferroviario distinto a vagones de mercancías, o nuevas habilitaciones, de conformidad al título VI de la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero.
No obstante, a partir de esa fecha y hasta el 16 de junio de 2025, se permitirá la actualización de datos de una organización que figuren en su homologación, siempre que se trate de información que, a criterio de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, no se considere una modificación o ampliación del alcance de la misma.
Texto oficial de Certificación de Entidades de Mantenimiento Ferroviario (BOE-A-2022-7489). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.