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CAPÍTULO III. Incumplimiento, difusión y autorización

Disposición transitoria segunda. Plazos para la remisión de la información de carácter dinámico al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la información a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Texto oficial de Información de los Prestadores de Servicios de Recarga Energética (BOE-A-2023-10707). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Disposición transitoria segunda. Plazos para la remisión de la información de carácter dinámico al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la información a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. — Información de los Prestadores de Servicios de Recarga Energética · BOE Fácil