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orden · BOE-A-2023-16815

Orden EFP/823/2023, de 19 de julio, por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la competencia digital docente, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional

Estado
Vigente
Publicación
21/7/2023
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Educación y Formación Profesional

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden regula el procedimiento para que el profesorado de enseñanzas no universitarias en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional —Ceuta y Melilla, destinos en el exterior y Administración General del Estado— pueda acreditar oficialmente su competencia digital docente, mediante certificación de formación, prueba específica, títulos oficiales, observación del desempeño o validación de evidencias.

A quién afecta: Personal docente de enseñanzas no universitarias en Ceuta, Melilla, destinos en el exterior y la Administración General del Estado, y quienes acrediten la titulación de acceso a la función docente y residan en las ciudades autónomas.

  • La acreditación puede obtenerse por cinco vías: certificación de la formación recibida, superación de una prueba específica, posesión de títulos oficiales que habiliten para la docencia, evaluación por observación del desempeño, o análisis y validación de evidencias.
  • El Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado, dependiente de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, gestiona e instruye el procedimiento; esta última convoca cada edición.
  • La solicitud se presenta por medios electrónicos en un plazo máximo de un mes desde la convocatoria, y los requisitos de participación deben cumplirse en la fecha de finalización de ese plazo.
  • El procedimiento en cada modalidad lo llevan a cabo comisiones de acreditación, formadas por un número impar de miembros (mínimo tres) —funcionarios docentes de carrera de los subgrupos A1 o A2— designados por la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
  • Las comisiones pueden incorporar asesores especialistas en tecnologías educativas, con autorización expresa del órgano convocante, aunque limitados a las tareas que la comisión les encomiende.
¿De cuántas formas se puede acreditar la competencia digital docente?

De cinco formas: certificación de la formación recibida, superación de una prueba específica, posesión de títulos oficiales habilitantes para la docencia, evaluación por observación del desempeño, o análisis y validación de evidencias.

¿Quién gestiona el procedimiento de acreditación?

El Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado instruye el procedimiento, mientras que la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial convoca cada edición y designa las comisiones de acreditación.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Acreditación de la Competencia Digital Docente · BOE Fácil