TÍTULO II. Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas trans · CAPÍTULO II. Políticas públicas para promover la igualdad real y efectiva de las personas trans · Sección 3.ª Medidas en el ámbito de la salud para promover la igualdad real y efectiva de las personas trans
Artículo 57. Consentimiento informado.
El otorgamiento del consentimiento informado previo se realizará de acuerdo con lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Texto oficial de Ley Trans y de Igualdad LGTBI (BOE-A-2023-5366). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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