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real decreto · BOE-A-2024-20403

Real Decreto 1027/2024, de 8 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa de la Unión Europea de comercialización de huevos

Estado
Vigente
Publicación
9/10/2024
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece disposiciones específicas para la aplicación en España de la normativa europea sobre comercialización de huevos.

A quién afecta: Productores, centros de embalaje y comercializadores de huevos.

  • El marcado de los huevos se realiza en la explotación de origen, indicando la forma de cría, el Estado miembro y el número de identificación del establecimiento.
  • Los huevos de categoría B no están sujetos a marcado obligatorio cuando se comercializan exclusivamente en territorio nacional.
  • Los huevos vendidos directamente por el productor en un mercado público local están exentos de marcado si la explotación tiene un máximo de 50 gallinas ponedoras.
  • Los huevos de categoría A pueden llevar la indicación adicional «extra» o «extra frescos» hasta el noveno día tras la puesta.
¿Qué explotaciones están exentas de marcar sus huevos al venderlos en un mercado público local?

Aquellas con un máximo de 50 gallinas ponedoras, siempre que el productor venda directamente al consumidor final.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Comercialización de Huevos · BOE Fácil