CAPÍTULO IX. Tasas y demás derechos de contenido económico por la publicación de disposiciones, actos y anuncios de inserción obligatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil». Anuncios · Sección 1.ª «Boletín Oficial del Estado». Derechos económicos. Anuncios
Artículo 39. Anuncios sujetos al pago de la tasa.
Quedan sujetos al pago de la tasa los siguientes anuncios:
a) Los anuncios publicados a instancia de los particulares.
b) Los anuncios de licitaciones de todo tipo de contratos celebrados por las administraciones públicas, de acuerdo con lo establecido en su legislación específica.
c) Los anuncios oficiales de la Administración de Justicia, ordenados a instancia de particulares.
d) Los anuncios cuyo coste sea repercutible a los interesados según las disposiciones aplicables. Se considerarán repercutibles los anuncios derivados de procedimientos sujetos al pago de una tasa, precio público u otro tipo de derechos económicos.
Texto oficial de Real Decreto 1027/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (BOE-A-2025-23372). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.