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orden · BOE-A-2025-4756

Orden APA/229/2025, de 10 de marzo, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul

Estado
Vigente
Publicación
11/3/2025
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden APA/229/2025 replantea la estrategia española frente a la lengua azul (fiebre catarral ovina), sustituyendo la vacunación obligatoria por una vacunación voluntaria de protección clínica en la península ante la circulación simultánea de cuatro serotipos del virus en 2024, y deroga las tres órdenes anteriores sobre la materia.

A quién afecta: Ganaderos de ovino y otras especies sensibles a la lengua azul, veterinarios y las comunidades autónomas, en particular las Islas Baleares y Canarias por su régimen diferenciado.

  • El objeto de la orden es modificar la estrategia de lucha frente a la lengua azul y establecer medidas de protección aplicables a todo el territorio nacional (artículo 1).
  • Define tres tipos de zonas —libre, sometida a programa de erradicación y sin estatus— cuya extensión concreta se fija en la disposición adicional segunda (artículo 2.3).
  • En la península se sustituye la estrategia de erradicación por una de protección clínica basada en vacunación voluntaria, eliminando la obligación de vacunar antes de mover animales dentro de esa zona (preámbulo).
  • Baleares y Canarias mantienen un régimen diferenciado: sus autoridades autonómicas pueden establecer un programa de erradicación propio, previa autorización del Ministerio, para preservar el estatus de libre de Canarias (preámbulo).
  • Deroga expresamente la Orden APA/1251/2020 y deja sin efecto las Órdenes APA/1015/2024 y APA/1043/2024, que regulaban la materia bajo la estrategia anterior (preámbulo).
¿Sigue siendo obligatorio vacunar frente a la lengua azul en la península?

No con esta orden: en el territorio peninsular se pasa a una vacunación voluntaria de protección clínica, eliminando la obligación previa de vacunar para mover animales dentro de la zona (preámbulo).

¿Por qué Canarias y Baleares tienen un tratamiento distinto al del resto de España?

Por su situación epidemiológica y carácter insular; pueden mantener un programa de erradicación propio con vacunación obligatoria, previa autorización del Ministerio, para preservar el estatus de libre de Canarias (preámbulo).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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