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real decreto · BOE-A-2025-9963

Real Decreto 396/2025, de 20 de mayo, por el que se regula el pasaporte de servicio

Estado
Vigente
Publicación
21/5/2025
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto reguló el pasaporte de servicio, un documento especial de viaje para facilitar el ejercicio de la Acción Exterior del Estado a quienes no corresponde el pasaporte diplomático.

A quién afecta: Personal funcionario de la Administración General del Estado y sus parejas de hecho o cónyuges, en misión oficial en el exterior.

  • El pasaporte de servicio se expide cuando no corresponde la expedición de pasaporte diplomático, para facilitar la Acción Exterior del Estado.
  • Corresponde al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación la expedición del pasaporte de servicio.
  • El pasaporte de servicio tiene una validez máxima de cinco años, coincidente con el período necesario para el desempeño de las funciones del titular.
  • Los titulares deben devolver el pasaporte al Ministerio en el plazo de un mes desde que se extinga su vigencia.
¿Cuál es la validez máxima del pasaporte de servicio regulado por esta norma?

Cinco años, coincidiendo con el período en que resulte necesario para el desempeño de las funciones del causante de su expedición.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Real Decreto del Pasaporte de Servicio · BOE Fácil