orden · BOE-A-2026-7296
Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 31/3/2026
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Esta orden desarrolla las normas de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2026, fijando las bases y tipos que se aplican a empresas y trabajadores del Régimen General y del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos ante la prórroga presupuestaria vigente desde enero de 2026.
A quién afecta: Todas las empresas y personas trabajadoras por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social, y las personas trabajadoras autónomas del RETA.
- Desde el 1 de enero de 2026, el tope máximo de cotización al Régimen General es de 5.101,20 euros mensuales y el tope mínimo para accidentes de trabajo y enfermedad profesional equivale al salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto, sin bajar de 1.424,40 euros.
- El tipo de cotización por contingencias comunes se mantiene en el 28,30%, del que el 23,60% corre a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador; las horas extraordinarias por fuerza mayor cotizan al 14,00% y el resto de horas extra al mismo 28,30% general.
- Se aplica la cotización del mecanismo de equidad intergeneracional, fijada en 0,90 puntos porcentuales, y la cotización adicional de solidaridad sobre la parte de las retribuciones que supere la base máxima de cotización, con tres tramos de tipos progresivos.
- Las empresas tienen derecho a una reducción del 75% de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante la incapacidad temporal de trabajadores que hayan cumplido 62 años.
- La obligación de cotizar se mantiene durante la incapacidad temporal, el riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, y los periodos de descanso por nacimiento y cuidado de menor, tomando como referencia la base de cotización de meses anteriores al hecho causante.
¿Cuál es el tope máximo de cotización a la Seguridad Social en 2026?
5.101,20 euros mensuales para el Régimen General, según el artículo 3 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero.
¿Qué reducción de cuotas tienen las empresas por la incapacidad temporal de un trabajador mayor de 62 años?
Una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de trabajadores que hayan cumplido 62 años.
Normas relacionadas
- Cita a: Constitución Española (3 menciones)
- Cita a: Ley General de la Seguridad Social (52 menciones)
- Cita a: Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (2 menciones)
- Cita a: Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social (2 menciones)
- Cita a: Orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2025 (1 menciones)
- Cita a: Estatuto de los Trabajadores (10 menciones)
- Cita a: Tesorería General de la Seguridad Social (12 menciones)
- Cita a: Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 3325/1981, de 29 de diciembre, por el que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos a los religiosos y religiosas de la Iglesia Católica (1 menciones)
- Cita a: Orden TAS/820/2004, de 12 de marzo, por la que se incorpora al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a los religiosos de Derecho diocesano de la Iglesia Católica (1 menciones)
- Cita a: Real Decreto 996/1986, de 25 de abril, por el que se regula la suscripción de Convenio Especial de los emigrantes e hijos de emigrantes (1 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Recaudación (3 menciones)
- Cita a: Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (3 menciones)
- Cita a: Estatuto Básico del Empleado Público (1 menciones)
Historial y versiones
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