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ley · BOE-A-1986-33874

Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas judiciales

Estado
Vigente
Publicación
31/12/1986
Ámbito
Estatal
Departamento
Jefatura del Estado

Esta ley suprimió las tasas judiciales y las que se devengaban por las actuaciones del Registro Civil, así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados aplicado a las resoluciones jurisdiccionales y laudos arbitrales.

A quién afecta: Justiciables y litigantes ante Juzgados y Tribunales, y usuarios del Registro Civil.

  • El artículo 1 suprime las tasas judiciales y las devengadas por las actuaciones del Registro Civil.
  • El artículo 2 suprime el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados sobre resoluciones jurisdiccionales, laudos arbitrales y los escritos relacionados con ellos.
¿Qué impuesto suprimió esta ley sobre las resoluciones judiciales?

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que gravaba las resoluciones jurisdiccionales, los laudos arbitrales y los escritos relacionados con ellos, según el artículo 2 de esta ley.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

  1. 31 de diciembre de 1997

    [reform] Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas judiciales

    Ver cambios de esta reforma →
  2. 31 de diciembre de 1986

    Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas judiciales — versión original 1986

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