real decreto · BOE-A-1987-14578
Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 24/6/1987
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto regula la Policía Judicial: las funciones que corresponden a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la investigación de delitos bajo la dirección de la Autoridad Judicial y el Ministerio Fiscal.
A quién afecta: Miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal.
- Las funciones generales de policía judicial corresponden a todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que deben prestar la colaboración requerida por la Autoridad Judicial o el Ministerio Fiscal para averiguar delitos y descubrir y asegurar a los delincuentes.
- En defecto de Unidades de Policía Judicial, los Jueces, Tribunales y el Ministerio Fiscal pueden encomendar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la práctica de diligencias de investigación concretas, con carácter transitorio o en casos de urgencia.
- Todos los componentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deben practicar por propia iniciativa las primeras diligencias de prevención y aseguramiento en cuanto tengan noticia de un hecho presuntamente delictivo.
- El funcionario policial que inicie una investigación debe cesar en ella cuando comparezca la Autoridad Judicial o el Fiscal encargado, a quienes debe entregar las diligencias practicadas, los efectos intervenidos y las personas detenidas.
¿A quién corresponden las funciones generales de policía judicial?
A todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cualquiera que sea su naturaleza y dependencia, en la medida en que deben colaborar con la Autoridad Judicial o el Ministerio Fiscal en la investigación de delitos.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley de Enjuiciamiento Criminal (4 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (2 menciones)
- Cita a: Ley Orgánica del Poder Judicial (3 menciones)
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