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real decreto · BOE-A-1991-27678

Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Estado
Vigente
Publicación
16/11/1991
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda

Este real decreto aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas.

A quién afecta: Personas físicas que reciban herencias, legados o donaciones sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

  • El impuesto grava los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas, como herencias y donaciones.
  • Los incrementos de patrimonio obtenidos por personas jurídicas no están sujetos a este impuesto, sino al Impuesto sobre Sociedades.
  • No están sujetos al impuesto los premios de juegos autorizados, ni las becas, premios o auxilios de entidades públicas o privadas con fines benéficos o docentes.
  • Un mismo incremento de patrimonio no puede quedar gravado simultáneamente por este impuesto y por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Se exige en todo el territorio español, con las particularidades de aplicación concertada en el País Vasco y Navarra.
¿Qué grava el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?

Los incrementos de patrimonio obtenidos a título lucrativo por personas físicas, como los procedentes de herencias, legados o donaciones.

¿Puede gravarse el mismo incremento de patrimonio por el IRPF y por este impuesto?

No, en ningún caso un mismo incremento de patrimonio puede quedar gravado simultáneamente por ambos impuestos.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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