real decreto · BOE-A-1994-3565
Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 16/2/1994
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Este real decreto aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil del Cazador, de suscripción obligatoria.
A quién afecta: Cazadores con armas y entidades aseguradoras.
- Todo cazador con armas debe estar asegurado durante la acción de cazar; no se puede obtener la licencia de caza sin acreditar el seguro.
- El seguro cubre los daños corporales causados a personas por la acción de cazar, incluidos los disparos involuntarios y los daños en tiempo de descanso dentro del terreno de caza.
- El límite máximo de cobertura obligatoria es de 90.151,82 euros por víctima.
- Deroga el artículo 52 del Reglamento de Caza de 1971 y la normativa anterior sobre el seguro obligatorio del cazador.
¿Cuál es el límite máximo de cobertura del seguro obligatorio de caza?
90.151,82 euros por víctima.
Normas relacionadas
- Cita a: Ley General de Sanidad (1 menciones)
- Cita a: Ley de Caza (1 menciones)
- Deroga a: Reglamento de la Ley de Caza (1 notas)
Historial y versiones
Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es.
