real decreto · BOE-A-1994-5514
Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por el que se establece los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen vegetal
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 9/3/1994
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Este real decreto fija los límites máximos de residuos de plaguicidas en productos vegetales y su control.
A quién afecta: Productores agrícolas, comerciantes de productos vegetales y consumidores.
- Los productos vegetales no pueden ponerse en circulación con residuos de plaguicidas superiores a los límites del anexo II.
- Los productores son responsables de cumplir el plazo de seguridad y la dosis de aplicación de los productos fitosanitarios utilizados.
- Las comunidades autónomas deben establecer el seguimiento y control de residuos en los productos existentes en el mercado.
- El Ministerio de Sanidad puede reducir temporalmente un límite máximo si detecta un riesgo para la salud humana, informando a la Comisión Europea.
¿Quién es responsable de cumplir el plazo de seguridad de los productos fitosanitarios utilizados en cultivos?
Los productores y quienes realicen tratamientos posteriores a la recolección de los productos vegetales.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
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