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real decreto · BOE-A-2004-1067

Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas

Estado
Vigente
Publicación
20/1/2004
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Defensa

Este real decreto establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

A quién afecta: Oficiales generales y mandos superiores de los tres Ejércitos y de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.

  • Los Consejos Superiores son órganos colegiados asesores y consultivos del Ministro de Defensa y del Jefe del Estado Mayor respectivo.
  • El Ministro de Defensa preside los Consejos Superiores, siendo sustituido por el Jefe del Estado Mayor correspondiente cuando no asista.
  • Entre sus competencias está ser oído sobre la propuesta de designación del Jefe del Estado Mayor antes de su deliberación en Consejo de Ministros.
  • Las Juntas Superiores del Cuerpo Jurídico Militar, de Intervención, de Sanidad y de Músicas Militares son órganos asesores del Ministro y del Subsecretario de Defensa.
¿Quién preside los Consejos Superiores de los Ejércitos cuando no asiste el Ministro de Defensa?

El Jefe del Estado Mayor del Ejército respectivo.

Normas relacionadas

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Consejos Superiores de las Fuerzas Armadas · BOE Fácil