BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

real decreto · BOE-A-2004-15816

Real Decreto 1860/2004, de 6 de septiembre, por el que se establece el arancel de derechos de los administradores concursales

Estado
Vigente
Publicación
7/9/2004
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto establece el arancel de derechos de los administradores concursales.

A quién afecta: Administradores concursales y empresas o personas en situación de concurso de acreedores.

  • La retribución de los administradores concursales se paga con cargo a la masa activa conforme al arancel establecido, salvo lo previsto por convenio.
  • La retribución es idéntica para los administradores concursales que tengan la condición de profesionales.
  • La cantidad se reduce un 25 por ciento cuando cesa o se suspende la actividad profesional o empresarial que venía ejerciendo el deudor.
  • El 50 por ciento de la retribución se abona a los cinco días de la firmeza del auto que la fije, y el resto al finalizar la fase común.
¿Puede un administrador concursal cobrar cantidades distintas de las que resultan del arancel por las funciones atribuidas por ley?

No, salvo los gastos justificados de desplazamiento fuera de la competencia territorial del juzgado del concurso.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.

Arancel de Administradores Concursales · BOE Fácil