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orden · BOE-A-2004-5640

Orden FOM/799/2004, de 10 de marzo, por la que se aprueban los Estatutos provisionales del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores

Estado
Vigente
Publicación
29/3/2004
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Fomento

Esta orden aprueba los Estatutos provisionales del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores, creado por la Ley 2/2002, corporación de Derecho Público que coordina y representa a los Colegios Oficiales de Decoradores de España.

A quién afecta: Colegiados y Colegios Oficiales de Decoradores de España.

  • El Consejo General es una Corporación de Derecho Público, creada por la Ley 2/2002, regida por dicha ley, por la Ley de Colegios Profesionales y por estos Estatutos provisionales.
  • Entre sus fines están coordinar a los Colegios Oficiales de las distintas Comunidades Autónomas en materias de interés común y representarlos ante la Administración del Estado.
  • Su sede radica en Madrid o donde en su momento se determine.
  • Está regido por el Pleno, integrado por los Decanos o Presidentes de todos los Colegios Oficiales, incluido el Colegio Nacional.
¿Qué función coordinadora tiene el Consejo General de Decoradores?

Coordinar a los Colegios Oficiales de las diferentes Comunidades Autónomas en materias de interés común y representarlos ante la Administración del Estado.

¿Quién integra el Pleno del Consejo General de Decoradores?

Los Decanos o Presidentes de todos los Colegios Oficiales formalmente creados en España, incluyendo el Colegio Nacional.

Historial y versiones

Cada entrada es una reforma real, con su fecha oficial.

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Estatutos del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores · BOE Fácil