La Dirección General de Política Energética y Minas aprobará mediante resolución, previo informe de la Comisión Nacional de Energía, los formularios oficiales mediante los cuales todos los sujetos obligados señalados en el Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, remitirán la información necesaria a la Dirección General de Política Energética y Minas, a la Comisión Nacional de Energía, y a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 del citado Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio.
Texto oficial de Deberes de Información e Inspección de Existencias Estratégicas de CORES (BOE-A-2005-17505). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Formularios. — Deberes de Información e Inspección de Existencias Estratégicas de CORES · BOE Fácil